De acuerdo con el Decreto 1686 de 2012 en el artículo 50, toda bebida alcohólica debe declarar las leyendas "Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad" según la Ley 124 de 1994- artículo 1º y "El Exceso de Alcohol es Perjudicial para la Salud" según la Ley 30 de 1986- articulo 16.
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